DECRETO Nº 4995

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SANTA FE, 24 de noviembre de 1989

 

Visto el Expediente Nº 00201-356.022-V, del MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO, relacionado con el Decreto Nº 006/78 de Creación de la Comisión de Asesoramiento de Documentacioón Administrativa y su modificatoria, el Decreto Nº 1227 del 29 de abril de 1988, para la elaboración de pautas para descarte de documentación en sede de procedencia, por parte de los Ministerios, Organismos Descentralizados, y Secretarías del Poder Ejecutivo Provincial; y

 

CONSIDERANDO

 

Que la experiencia ha demostrado que el tratamiento que se debe seguir con la documentación para que preste servicio, es el de Clasificación, Ordenación, Descripción y Selección, debiéndose proceder asimismo al descarte del material que ha perdido vigencia y no conserva valor para la investigación;

Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas (Imprenta Oficial-Personal de la Provincia) ha elaborado las Tablas de Plazos de Conservación de la Documentación, producida por las distintas áreas de organización; y que han sido aprobadas por Resolución Nº 456 del 20 de setiembre de 1989;

Que dichas Tablas han sido confeccionadas teniendo en cuenta lo señalado por el Archivo General, único organismo responsable de emitir juicio sobre el mérito de la documentación en materia de descarte, de acuerdo al Art.16 Inc. a) de la Ley 5516 y su modificatoria Nº 8399, Art. 16 Inc. ñ); y a la Ley de Contabilidad vigente – Decreto Ley Nº 1757/56 y modificatorias;

Que el presente estudio refleja la Producción Documental, en las áreas de referencia del Poder Ejecutivo, con anterioridad a la promulgación de la Ley 10.101;

 

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1) - Apruébanse las Tablas de Plazos de Conservación de los documentos producida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas (Imprenta Oficial-Personal de la Provincia).

ARTICULO 2) - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

VICTOR F. REVIGLIO

ALBERTO DIDIER

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