DECRETO Nº 4630
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SANTA FE, 28 de diciembre de 1984
VISTO:
El expediente Nº 329.784-M-1984, del MINISTERIO DE GOBIERNO, relacionado con el Decreto Nº 0006/79, por el que se crea la Comisión de Asesoramiento de Documentación Administrativa con el objeto de elaborar las pautas para el descarte de documentación en sede de procedencia, por parte de los Ministerios y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que la experiencia ha demostrado que tratamiento que se debe seguir con la documentación para que preste servicio, es el de la ordenación clasificación y selección, debiéndose proceder asimismo al descarte y eliminación del material que ha perdido vigencia y no conserva valor para la Historia;
Que el Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Acción Social ha elaborado las Tablas de Tiempo de Conservación de la Documentación producida por las distintas Unidades de Organización, la que ha sido actualizada por las mismas y aprobadas por Resolución Ministerial Nº 1661/84;
Que dicha Tabla ha sido modificada teniendo en cuenta lo señalado por el Archivo General de la Provincia, único organismo responsable de emitir juicio sobre el mérito de la documentación en materia de descarte, de acuerdo al artículo 15º inc. a) de la Ley 5516 y su modificatoria Nº 8399, artículo 16º, inc. ñ);
Que la aplicación de las presentes Tablas contribuirá al mejor funcionamiento de los archivos de las distintas Unidades de Organización y del Archivo Jurisdiccional del Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Acción Social;
Por ello y atento lo dictaminado por Fiscalía de Estado,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO l. -Apruébanse las Tablas de Tiempo de Conservación de la Documentación producidas por las Unidades de Organización del Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Acción Social.
ARTICULO 2. -Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
VERNET
Eduardo Rubén Cevallo
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