DECRETO Nº 2164

<<<

SANTA FE, 20 de Junio de 1991

VISTO:

El Expediente Nº 00302-00007658-9/91, del registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS, mediante el cual la Caja de Asistencia Social, solicita la incorporación del sistema de juego de Lotería denominado "Quiniela", a las tablas de Selección Documental; y

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto-Acuerdo nº 0902, de fecha 16 de abril de 1982 implantando a partir del 1º de julio de 1982 en el territorio provincial, el sistema de juego de Lotería denominado "Quiniela", hace necesario establecer plazos de conservación para los documentos producidos por esta Unidad de Organización; ampliando los alcances del decreto nº 0281 del 9 de febrero de 1983;

Que el criterio sustentado ha sido el de considerar el valor archivístico de los documentos;

Que sobre esta base se distinguen dos tipos de valores: documentos de valor primario y documentos de valor secundario. Los de valor primario son los documentos que el servicio necesita para los asuntos de que se ocupa, por razones de orden administrativo, fiscal, contable o jurídico, y los de valor secundario son los documentos que presentan esencialmente una utilidad para la investigación científica y técnica.

Que dicha tarea ha sido encarada de acuerdo al Art.16, inc. a) de la Ley Nº. 5516 y su modificatoria 8399, Art.16 inciso ñ), y artículos 27 y 28 del Reglamento para el Funcionamiento del Archivo General y de los Archivos Jurisdiccionales y Sectoriales dependientes del Poder Ejecutivo, aprobado por Decreto nº 2232 del 07 de agosto de 1982.

 

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1) - Apruébanse los plazos de Conservación de los Documentos producidos o recibidos por la Gerencia de Quiniela, dependiente de la Caja de Asistencia Social, constituidos por trece Series Documentales; y que como Anexo I, en cuatro fojas integra la presente norma, incorporándose a las tablas de Tiempo de Conservación aprobadas por decreto nº 0281 del 9 de febrero de 1983.-

ARTICULO 2) - Apruébase la puesta a Disponibilidad del Archivo General de la Provincia, de los documentos producidos o recibidos por la Gerencia de Quiniela, conforme Anexo II, que se anexa en una foja.-

ARTICULO 3) - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

VICTOR F. REVIGLIO

<<<