DECRETO Nº 1 5 7 6

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SANTA FE, 15 de mayo de 1984

VISTO:

El Decreto Nº 0006/78, que crea la Comisión de Asesoramiento de Documentación Administrativa., con el objeto de elaborar las pautas para el descarte de documentación en sede de procedencia, por parte de los Ministerios y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que la experiencia ha demostrado que el tratamiento que se debe seguir con la documentación para que preste servicio, es el de la ordenación, clasificación y selección, debiéndose proceder asimismo al descarte y eliminación del material que ha perdido vigencia y no conserva valor para la Historia;

Que el Ministerio de Agricultura y Ganadería ha elaborado las Tablas de Tiempo de Conservación de la Documentación producida por las distintas Unidades de Organización, la que ha sido actualizada por las mismas y aprobadas por Resolución Ministerial Nº 145/84;

Que dicha tabla ha sido modificada teniendo en cuenta lo señalado por el Archivo General de la Provincia, único organismo responsable de emitir juicio sobre el mérito de la documentación en materia de descarte, de acuerdo al Artículo 16º, inc. a) de la Ley 5516 y su modificatoria Nº 8399, Artículo 16º, inc. ñ);

Que la aplicación de las presentes Tablas contribuirá al mejor funcionamiento de los archivos de las distintas Unidades de Organización y del Archivo Jurisdiccional del Ministerio de Agricultura y Ganadería;

Por todo ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

ARTICULO l. - Apruébanse las Tablas de Tiempo de Conservación de la Documentación producida por las distintas Unidades de Organización del Ministerio de Agricultura y Ganadería y su Anexo I, obrante de fs. 9 a 59 de autos.

ARTICULO 2. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

 

VERNET

Eduardo Rubén Cevallo

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